Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional cuarta

43 / 59
En vigor desde 26 ene 2014
En el plazo de dos meses, el Gobierno de Aragón constituirá la Comisión de coordinación de planes e inversiones provinciales, regulada en el artículo 74 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que estará integrada por tres representantes del Gobierno de Aragón y los tres Presidentes de las Corporaciones Provinciales, para fijar criterios de interés general y favorecer una mayor coordinación de las inversiones de todas las administraciones implicadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2014/01/23/2#disposicion-adicional-cuarta