Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Empleo e inserción laboral

Art. 31

En vigor desde 13 jun 2013
Para la consecución de los objetivos expuestos en este capítulo, se fomentará el desarrollo de actuaciones de apoyo a la integración laboral de las personas con discapacidad. Para su adecuada coordinación y funcionamiento, se desarrollarán los mecanismos y dispositivos precisos por parte de la Consejería competente en materia de empleo.
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eli/es-cl/l/2013/05/15/2#art-31

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