Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 23
DerogadoEn vigor desde 31 mar 2011
El ejercicio de la potestad sancionadora se regirá, en todo lo que no establece expresamente éste capítulo, por lo dispuesto en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la normativa de desarrollo.
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Proeli/es-mc/l/2011/03/02/2#art-23