Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Otras políticas públicas

Art. 26

En vigor desde 7 abr 2011
1. Las políticas, planes y estrategias de la cooperación asturiana para el desarrollo integrarán el principio de igualdad entre mujeres y hombres, siendo ésta además una prioridad transversal y sectorial de dichas actuaciones. 2. Se elaborará una estrategia sectorial para la incorporación del enfoque de género en las políticas de cooperación para el desarrollo del Principado de Asturias, que será evaluada cada cuatro años.
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eli/es-as/l/2011/03/11/2#art-26

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