Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 63

En vigor desde 22 abr 2010
La evaluación de la calidad de los servicios públicos constituye un proceso sistemático y continuado de medición integral del servicio público prestado que: a) considera los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas de los ciudadanos y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos en las respectivas cartas de servicios al ciudadano o en los correspondientes programas de mejora; b) recoge la opinión de los ciudadanos destinatarios o usuarios de los servicios y el impacto que estos tienen en la sociedad de Castilla y León; c) establece, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.
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eli/es-cl/l/2010/03/11/2#art-63

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