Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 66

En vigor desde 3 jul 2007
Como complemento y desarrollo del Plan Estratégico de Servicios Sociales, se podrán elaborar planes de carácter sectorial que, con un doble carácter transversal de ámbito poblacional y, o territorial, pueden abordar determinados problemas sociales detectados. En los planes sectoriales deberán reflejarse los recursos presupuestarios que se les asignen.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2007/03/27/2#art-66

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil