Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen y procedimiento disciplinario

Art. 30

En vigor desde 30 abr 2007
1. El régimen disciplinario de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias, así como de los vigilantes municipales y auxiliares de policía será el establecido para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 2. El procedimiento disciplinario de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local del Principado de Asturias, así como de los vigilantes municipales y auxiliares de policía será igualmente el establecido para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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eli/es-as/l/2007/03/23/2#art-30

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