Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª De los archivos de la Junta de Extremadura
Art. 29
En vigor desde 16 may 2007
El Archivo General de Extremadura, creado por el Decreto 23/1987, de 7 de abril, se integrará como unidad administrativa sin personalidad jurídica propia, dependiente de la Consejería de Cultura y actuará como cabecera del sistema. El Archivo General de Extremadura ejercerá las funciones de Archivo Intermedio y de Archivo Histórico. El Archivo General estará atendido por personal con la cualificación, especialización y el nivel técnico que exijan las diversas funciones. Reglamentariamente se establecerá su composición y estructura.
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Proeli/es-ex/l/2007/04/12/2#art-29