Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Adjudicación del programa de actuación por concertación

Art. 164

En vigor desde 20 sept 2006
El proyecto de reparcelación afectará a la totalidad de la unidad de ejecución, por lo que contendrá la reparcelación de la totalidad de las fincas incluidas en la unidad, se hayan incorporado o no sus propietarios a la junta de concertación.
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eli/es-pv/l/2006/06/30/2#art-164

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