Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 12 mar 2005
Para las infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de la presente ley, el procedimiento sancionador se regirá por la normativa anterior.
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Proeli/es-ga/l/2005/02/18/2#disposicion-transitoria-tercera