Título TÍTULO IV

Art. 109

En vigor desde 19 mar 2003
Para facilitar la movilidad administrativa entre los funcionarios locales y los de la Comunidad de Madrid, sometida en todo caso a lo que dispongan las relaciones de puestos de trabajo de las Administraciones implicadas, se establecerá un catálogo de equivalencias entre los cuerpos, escalas, subescalas y especialidades del personal funcionario de las distintas Administraciones Públicas madrileñas.
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eli/es-md/l/2003/03/11/2#art-109

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