Título TÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 30 may 2002
1. El Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias tiene como fines el desarrollo económico equilibrado del Principado de Asturias, así como la promoción, creación y consolidación de un tejido industrial y empresarial diversificado, moderno y competitivo, como marco idóneo generador del incremento y la consolidación del empleo en la Comunidad Autónoma. 2. En el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias se integran los organismos y servicios de la Administración del Principado de Asturias generadores de ayudas a la promoción y a la innovación tecnológica. Igualmente, el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias participará en las sociedades y entidades que incluyan entre sus objetivos los anteriormente citados y que cuenten con participación de la Administración del Principado de Asturias. A estos efectos, se constituye en el ente rector que coordina las actuaciones de todos los instrumentos de promoción dependientes del Principado de Asturias, pudiendo llevar a cabo la realización de las actividades y la prestación de los servicios siguientes: a) Promover iniciativas públicas y privadas de creación, ampliación y modernización de empresas en los distintos sectores de la actividad económica regional, favorecedoras del desarrollo e impulsoras de la generación de empleo. b) Fomentar la mejora de la gestión y de las estructuras empresariales, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, con prioridad de las de carácter industrial, estimulando su adaptación a la evolución tecnológica y a las exigencias del mercado, así como impulsar actuaciones y acuerdos de cooperación. c) Mejorar la competitividad empresarial, fomentando los proyectos de innovación, investigación y desarrollo tecnológico, impulsando la calidad y el diseño, y promoviendo la prestación de servicios a empresas y el desarrollo de proyectos especialmente basados en el conocimiento. d) Promover directa e indirectamente infraestructuras industriales, equipamientos y servicios colectivos para las empresas regionales, participando en la elaboración de planes que permitan la ordenación del suelo industrial de la Comunidad Autónoma. e) Facilitar y contribuir a la financiación de proyectos empresariales mediante la concesión de subvenciones. f) Proporcionar información y asesoramiento sobre ayudas a la inversión que ofrezcan las distintas Administraciones y la Unión Europea, así como acerca de asuntos comunitarios de interés empresarial. g) Promover medidas específicas de apoyo a la pequeña y mediana empresa, así como a las sociedades cooperativas y sociedades laborales. h) Realizar el estudio, propuesta y seguimiento de ayudas a los proyectos empresariales, solicitadas al amparo de los diversos programas que convoque o gestione el Instituto, actuando de organismo intermedio ante otras Administraciones, a efectos de la gestión de subvenciones y programas. i) Realizar, promover y apoyar el desarrollo de cursos, seminarios o jornadas dirigidos a la formación empresarial continua, y a la incorporación a las empresas de conocimientos y nuevas tecnologías a través de la formación del capital humano. j) Promover, apoyar y participar en estudios de mercado y actividades destinados a mejorar la promoción empresarial, así como en la elaboración de trabajos sobre planificación económica de la Comunidad Autónoma. k) Impulsar proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en la Comunidad Autónoma cooperando en la coordinación de las actuaciones que desarrollen los organismos y entidades regionales en ese campo. l) Fomentar el desarrollo de la relación científica y tecnológica del sector productivo y servicios conexos, con la Universidad y demás centros de investigación, estimulando y contribuyendo al desarrollo de institutos y parques tecnológicos regionales, en el marco de los planes de investigación, desarrollo tecnológico e innovación. m) Contribuir a la relación y coordinación entre la Administración del Principado de Asturias y los departamentos de investigación y desarrollo de productos y secciones de desarrollo empresarial de las empresas regionales públicas y privadas. n) Fomentar la implantación empresarial en la región, así como la captación de capitales e inversiones productivas nacionales y extranjeros. o) Impulsar la internacionalización de las empresas regionales favoreciendo la promoción exterior de sus productos, la participación en programas internacionales, la cooperación con empresas extranjeras y la inversión en el exterior, sin perjuicio de la competencia que el artículo 149.1.10.ª de la Constitución reserva al Estado en materia de comercio exterior. p) Cualesquiera otras que le sean encomendadas y que guarden relación con sus fines. 3. La realización de las actividades y la prestación de los servicios enumerados en las letras d), i), j) y p) del apartado 2 de este artículo podrá ser susceptible de contraprestación. 4. Para llevar a cabo las actividades y prestaciones de servicios relacionados en el apartado 2 de este artículo el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias se regirá por los principios de coordinación y cooperación con las Administraciones Públicas y empresas e instituciones públicas y privadas, especialmente con aquellas que por Ley tienen atribuidas funciones coincidentes con los fines del Instituto.
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eli/es-as/l/2002/04/12/2#art-6

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