Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Las Normas Urbanísticas Regionales
Art. 22
En vigor desde 4 sept 2001
Las Normas Urbanísticas Regionales o Comarcales tienen vigencia indefinida. Serán, no obstante, modificadas cuando el Gobierno aprecie que han cambiado las circunstancias o considere que razones de interés general lo justifican.
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Proeli/es-cb/l/2001/06/25/2#art-22