Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª El Plan Regional de Ordenación Territorial

Art. 17

En vigor desde 4 sept 2001
Cualquier modificación o revisión del Plan Regional de Ordenación Territorial se tramitará por el mismo procedimiento previsto en el artículo anterior.
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eli/es-cb/l/2001/06/25/2#art-17

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