Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional única
En vigor desde 12 jul 2000
Se autoriza al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria para actualizar la cuantía económica de las sanciones a las que se refiere el artículo 82 de esta Ley, teniendo en cuenta la variación del índice de precios al consumo.
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Proeli/es-cb/l/2000/07/03/2#disposicion-adicional-unica