Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 16

En vigor desde 12 jul 2000
A los efectos de la presente Ley, son entidades deportivas de Cantabria las federaciones deportivas, los clubes deportivos, y las escuelas deportivas que tengan su domicilio social en el territorio de Cantabria.
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eli/es-cb/l/2000/07/03/2#art-16

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