Título TÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 15 may 1998
La Generalidad Valenciana establecerá acuerdos y convenios de colaboración con las Corporaciones Locales y las asociaciones y entidades sin fin lucrativo que sean titulares de escuelas de música, de danza y de música y danza y de escuelas de educandos, para ayudar económicamente a su funcionamiento y contribuir al cumplimiento de sus objetivos.
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eli/es-vc/l/1998/05/12/2#art-31

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