Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 2 ago 1997
En el plazo de tres meses, a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley y conforme a lo dispuesto en la misma, deberá constituirse el Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1997/07/16/2#disposicion-transitoria-primera