Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 2 ago 1997
En el plazo de tres meses, a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley y conforme a lo dispuesto en la misma, deberá constituirse el Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/1997/07/16/2#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil