Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria novena

En vigor desde 29 dic 2022
La tasa de solicitud de inscripción en la Zona Especial Canaria no se exigirá a los sujetos y con respecto a las solicitudes que se hayan presentado con anterioridad al 1 de enero de 2023, y hayan realizado el ingreso correspondiente, a los que será aplicable el régimen de tasas vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. Se añade por la disposición final 4.2 de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22684#df-4

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eli/es/l/1994/07/06/19#disposicion-transitoria-novena

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