Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 5.ª Impuesto sobre depósito de residuos peligrosos
Art. 65
En vigor desde 1 ene 2023
Se crea el impuesto sobre depósito de residuos peligrosos.
Téngase en cuenta que este artículo se queda sin efecto, desde el 1 de enero de 2023 mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible, según establece la disposición adicional 23 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1604
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2003/12/29/18#art-65