Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Planificación estratégica de la I+D+i en Aragón

Art. 34

En vigor desde 20 dic 2018
1. El Gobierno de Aragón podrá planificar estrategias específicas en las diferentes áreas de la I+D+i aragonesa. 2. Las estrategias se alinearán con la programación básica contenida en los Planes Autonómicos de I+D+i correspondientes, buscando hacer lo propio con la programación existente en las estrategias nacionales y europeas. 3. Las estrategias se elaborarán por el departamento competente en materia de I+D+i, y se someterán a informe preceptivo del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo. Finalmente, su aprobación será por Orden del titular del citado departamento, formando parte sustancial de los Planes Autonómicos de I+D+i.
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eli/es-ar/l/2018/12/04/17#art-34

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