Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Planificación estratégica de la I+D+i en Aragón

Art. 33

En vigor desde 20 dic 2018
1. El Plan Autonómico de I+D+i es el principal instrumento estratégico del Gobierno de Aragón en materia de investigación e innovación y contendrá los principios, prioridades y grandes líneas estratégicas, ejes de actuación, acciones y objetivos, para el mejor desarrollo de la investigación, el desarrollo, la transferencia de conocimientos y la innovación en Aragón y su correcta articulación en el Sistema Aragonés de I+D+i, dentro del marco establecido en las estrategias de Ciencia y Tecnología e Innovación españolas aprobadas por el Gobierno de España y europeas, así como en los planes estatales correspondientes. 2. El Plan Autonómico de I+D+i se elaborará por el departamento competente en la materia, y tras ser informado preceptivamente por el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo, será sometido a informe del Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón, previamente a su aprobación por el Gobierno de Aragón. 3. El Plan Autonómico de I+D+i tendrá una vigencia mínima de seis años y se entenderá prorrogado automáticamente hasta la aprobación del siguiente plan. 4. El Plan Autonómico de I+D+i establecerá su propio sistema de revisión, seguimiento y evaluación. A la finalización de su ejecución se presentará un informe de evaluación del Plan que se pondrá también en conocimiento de la comisión de las Cortes de Aragón competente en esta materia. 5. La elaboración del Plan Autonómico de I+D+i se sujetará a las disposiciones sobre transparencia y participación ciudadana en la planificación de las políticas públicas, sin perjuicio de los trámites que el ordenamiento jurídico pueda exigir para la aprobación de los planes.
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eli/es-ar/l/2018/12/04/17#art-33

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