Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 44

En vigor desde 24 dic 2010
Los estatutos y reglamentos orgánicos aprobados por la mancomunidad deberán regular la situación en que quedará el personal de la mancomunidad en caso de disolución y de separación.
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eli/es-ex/l/2010/12/22/17#art-44

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