Título TÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 1 ene 2022
1. El Plan gallego de estadística 2022-2026 plantea objetivos para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2026. Si no se aprobara uno nuevo a su vencimiento, quedará prorrogado hasta la entrada en vigor del siguiente.
2. El Consejo de la Xunta aprobará programas estadísticos anuales para desarrollar este plan.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2021/12/20/16#art-3