Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 73
En vigor desde 20 dic 2018
Las Administraciones públicas titulares de instalaciones deportivas de uso público establecerán los instrumentos adecuados para favorecer la cooperación y participación en la gestión de las mismas por parte de las federaciones deportivas aragonesas, la asociación aragonesa de deporte laboral y los clubes deportivos aragoneses declarados de utilidad pública.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/04/16#art-73