Libro ANEXO
Art. Primera
En vigor desde 6 nov 2006
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases para la colaboración de las Comunidades Autónomas firmantes en la gestión coordinada del Parque Nacional de los Picos de Europa (nominado en adelante en el presente documento Parque), cuyos límites son los que vienen definidos en el Anexo I de la Ley 16/1995, de 30 de mayo, de declaración de dicho espacio protegido.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2006/10/24/16#primera