Capítulo CAPÍTULO XXV
Art. 83
En vigor desde 1 ene 2004
Se añade un apartado e) a la disposición transitoria primera de la Ley 9/1998, de 15 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«e) La zona de aguas interiores comprendida en la reserva natural marina de Irta (Decreto 108/2002, de 16 de julio, del gobierno valenciano).»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2003/12/17/16#art-83