Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 30 may 1995
Se integran en la Escala de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, los funcionarios de carrera procedentes del cuerpo especial de Guardería Forestal del Estado, los procedentes de la Escala de Guardería Forestal del ICONA, así como aquellos que con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley hayan adquirido, mediante procedimiento legal, la condición de funcionarios de cartera como Agentes Forestales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/1995/05/04/16#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil