Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Cartera de servicios de la Red Vasca de Empleo
Art. 32
En vigor desde 29 jun 2024
El servicio de intermediación y colocación comprende la identificación y gestión de las ofertas de empleo y su casación con las personas demandantes de empleo que mejor se ajusten a ellas en función de su perfil y competencias. Estará conformado por las actividades siguientes:
a) Captación de ofertas y de oportunidades de empleo.
b) Difusión de ofertas y de oportunidades de empleo.
c) Identificación y selección de las personas candidatas más adecuadas a las ofertas de empleo. Se impulsará el seguimiento de la actividad de intermediación dirigida a obtener información sobre el resultado de la casación.
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Proeli/es-pv/l/2023/12/21/15#art-32