Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Cartera de servicios de la Red Vasca de Empleo

Art. 33

En vigor desde 29 jun 2024
1. El servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento tiene por objeto el impulso y apoyo de las iniciativas de autoempleo y emprendimiento. 2. Comprende las actividades siguientes: a) Formación, información y asistencia a las personas interesadas en promover su propio empleo o en emprender una actividad productiva con creación de empleo. b) Fomento de la economía social y del emprendimiento colectivo, que comprenderá la difusión, promoción y apoyo a la constitución de cooperativas, sociedades laborales y otras entidades de economía social. c) Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras, de autoempleo, de creación de empresas y de fomento de la contratación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2023/12/21/15#art-33

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil