Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 7 jul 2012
1. Son órganos de gobierno y gestión de Academia Vasca de Policía y Emergencias los siguientes:
a) El Consejo Rector.
b) La Dirección General de la Academia.
c) La Dirección de Administración y Servicios.
2. El Gobierno Vasco aprobará mediante Decreto el Reglamento de organización y funcionamiento de la academia.
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Proeli/es-pv/l/2012/06/28/15#art-24