Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 29

En vigor desde 15 ene 2012
A los efectos de lo dispuesto en esta ley, se entiende por tutela a emprendedores el apoyo y asesoramiento técnico que precise toda actividad empresarial para su funcionamiento ordinario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-29

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil