Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 28
En vigor desde 15 ene 2012
1. El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería competente en materia de empleo, establecerá una línea de subvención para cofinanciar durante el primer ejercicio de la actividad el coste derivado de la organización preventiva de la persona emprendedora, con un servicio de prevención de riesgos laborales.
2. Reglamentariamente se fijarán los requisitos para acceder a la condición de beneficiario, importe de la cofinanciación de la actividad subvencionada y el resto de los términos y condiciones de la subvención.
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Proeli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-28