Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria septima
En vigor desde 12 jun 2014
En tanto no se regulen reglamentariamente los procedimientos previstos en la presente ley, se establecen con carácter general estos plazos para los trámites siguientes:
a) Periodo de información pública: veinte días.
b) Audiencia a los interesados: diez días.
c) Procedimiento de concesión en concurrencia competitiva, cuando proceda: veinte días.
Sin embargo, cuando se justifique singularmente en el expediente o así lo solicite el promotor del mismo, podrá acordarse un plazo superior para cualquiera de dichos trámites. Dicha ampliación de plazo estará sometida a los límites y condiciones establecidos en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se añade por el art. único.50 de la Ley 3/2014, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2014-6731 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2006/12/28/15#disposicion-transitoria-septima