Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria septima
156 / 167En vigor desde 12 jun 2014
En tanto no se regulen reglamentariamente los procedimientos previstos en la presente ley, se establecen con carácter general estos plazos para los trámites siguientes:
a) Periodo de información pública: veinte días.
b) Audiencia a los interesados: diez días.
c) Procedimiento de concesión en concurrencia competitiva, cuando proceda: veinte días.
Sin embargo, cuando se justifique singularmente en el expediente o así lo solicite el promotor del mismo, podrá acordarse un plazo superior para cualquiera de dichos trámites. Dicha ampliación de plazo estará sometida a los límites y condiciones establecidos en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se añade por el art. único.50 de la Ley 3/2014, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2014-6731 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2006/12/28/15#disposicion-transitoria-septima