Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 115

En vigor desde 29 ene 2007
La Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades locales podrán promover un voluntariado que colabore en tareas de vigilancia y de sensibilización sobre la preservación de los montes.
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eli/es-ar/l/2006/12/28/15#art-115

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