Capítulo CAPÍTULO V

Art. 39

En vigor desde 9 oct 2002
1. Corresponde al presidente o presidenta del Instituto Catalán de la Viña y el Vino la competencia para resolver los recursos de alzada contra los actos del director o directora. 2. Corresponde al presidente o presidenta la competencia para resolver las reclamaciones previas en materia civil y laboral. 3. Los actos dictados por el presidente o presidenta agotan la vía administrativa. 4. Corresponde al consejero o consejera competente en materia de agricultura la resolución de los recursos de alzada contra los actos administrativos dictados por el presidente o presidenta de la comisión rectora de los consejos reguladores.
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eli/es-ct/l/2002/06/27/15#art-39

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