Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 36
En vigor desde 24 ago 2002
1. La Administración Regional diseñará un sistema de evaluación de los programas de prevención, asistencia, incorporación social y formación en el ámbito de las drogodependencias.
2. La Administración Regional deberá definir los instrumentos que permitan conocer y estudiar los progresos y avances en la consecución de los objetivos marcados.
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Proeli/es-cm/l/2002/07/11/15#art-36