Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 14

En vigor desde 24 ago 2002
Se prohíbe la venta a menores de edad de colas y otras sustancias o productos químicos industriales inhalables de venta autorizada que puedan producir efectos nocivos para la salud y que puedan generar dependencia o produzcan efectos euforizantes, depresivos, alucinatorios u otros. Reglamentariamente se determinará la relación de productos a que se refiere al apartado anterior.
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eli/es-cm/l/2002/07/11/15#art-14

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