Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
En vigor desde 30 nov 2001
1. Se crea la Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña (Xemec) como instrumento para la medición de variables meteorológicas y para la detección de fenómenos meteorológicos, diseñado para el cumplimiento de las finalidades de la presente Ley.
2. La Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña está integrada por las instalaciones meteorológicas de titularidad de la Generalidad, tanto las existentes como las que se instalen en el futuro. También se han de integrar a la misma las instalaciones meteorológicas de la autoridad meteorológica del Estado y de otras entidades públicas o privadas, previa formalización de un convenio de colaboración que acredite su idoneidad.
3. La información meteorológica de que dispone la Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña se puede complementar con información suministrada por observadores meteorológicos.
4. Pueden formar parte de la Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña, como sistema complementario, de acuerdo con el programa de instalación y funcionamiento de la Red que formule el Servicio Meteorológico de Cataluña, otros equipos o estaciones de medición de las condiciones meteorológicas además de los determinados por el apartado 2.
5. La Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña está adscrita al Servicio Meteorológico de Cataluña. Esta adscripción no conlleva alteración de la titularidad demanial que corresponda en cada caso respecto a los bienes que integran las instalaciones de la Red.
6. De acuerdo con los principios a que se refiere el artículo 4.1, la Red de Equipamientos Meteorológicos de la Generalidad de Cataluña coordina su actividad, si procede, con la red de estaciones que dependen de la autoridad meteorológica del Estado, a fin de poder:
a) Llevar a cabo estudios climatológicos de detección del posible cambio climático.
b) Llevar a cabo estudios para prever riesgos meteorológicos.
c) Disponer de una red de estaciones que presten apoyo al sistema de predicción.
d) Ofrecer los datos a la comunidad internacional, de acuerdo con los dictámenes de la Organización Meteorológica Mundial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2001/11/14/15#art-13