Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 14
En vigor desde 4 may 2015
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, en función de las necesidades detectadas por las Administraciones Públicas, podrán elaborarse planes sectoriales y/o territoriales de servicios sociales, que deberán respetar las directrices marcadas por el plan estratégico de servicios sociales.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/09/14#art-14