Art. 17

En vigor desde 24 jul 2015
El régimen de infracciones y sanciones en materia del impuesto sobre las viviendas vacías es el vigente para los tributos propios de la Generalidad, sin perjuicio de las sanciones administrativas establecidas por la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2015/07/21/14#art-17

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil