Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª De la inscripción en la Sección de Buques del Registro de Bienes Muebles

Art. 75

En vigor desde 25 sept 2014
El contenido del Registro se presume exacto y válido. Los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los tribunales y producen todos sus efectos mientras no se inscriba la declaración judicial de su inexactitud o nulidad.
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eli/es/l/2014/07/24/14#art-75

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