Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De los intereses asegurados
Art. 410
En vigor desde 25 sept 2014
El seguro del buque comprende el interés sobre sus partes integrantes, pertenencias y accesorios.
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Proeli/es/l/2014/07/24/14#art-410