Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 85
En vigor desde 15 nov 2006
Para la preparación de los y las deportistas de alto nivel en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, la administración autonómica de las Illes Balears, directamente o mediante convenios con cualesquiera otros entes públicos y acuerdos con entes privados, impulsará la creación y el funcionamiento de centros deportivos de alto nivel autonómico.
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Proeli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-85