Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 106
En vigor desde 15 nov 2006
La actividad de entrenamiento, basada en la preparación técnica o física para el éxito de una mayor eficiencia en la práctica de las distintas modalidades deportivas, será objeto de atención preferente en el uso de las instalaciones, si bien subordinada a la de competición.
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Proeli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-106