Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición adicional

En vigor desde 25 jul 2002
Los presupuestos generales de la Generalidad pueden: a) Establecer o modificar la afectación de los rendimientos del recurso cameral permanente no reservados a las acciones de interés general del Plan cameral de promoción de las exportaciones que establece la Ley 3/1993. b) Elevar las partes alícuotas del recurso cameral permanente girado sobre las cuotas del impuesto de actividades económicas o sobre cualquier otro que lo sustituya por encima del tipo general y afectar la elevación total o parcialmente a funciones administrativas de carácter público de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña.
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eli/es-ct/l/2002/06/27/14#disposicion-adicional

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