Título TÍTULO X

Art. 116

En vigor desde 15 jul 1998
1. La depuración de responsabilidades disciplinarias se realizará a través del procedimiento ordinario y del procedimiento extraordinario. 2. El procedimiento extraordinario, basado en los principios de preferencia y sumariedad, será fundamentalmente aplicable a las infracciones de las reglas de juego o de competición.
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eli/es-pv/l/1998/06/11/14#art-116

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