Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Artículo cuarenta y siete
En vigor desde 30 may 2003
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 1 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo. Ref. BOE-A-2003-10715 . Se modifica el apartado 5 por la disposición adicional 6 de la Ley 2571990, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-1990-30938 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1986/04/25/14#articulo-cuarenta-y-siete