Capítulo CAPÍTULO XX
Art. 73
En vigor desde 1 ene 2017
Se modifica el punto 2 del artículo 15 del Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales del Profesorado Universitario, quedando redactado de la siguiente forma:
«2. Los profesores y profesoras ayudantes doctores podrán adquirir y consolidar una cantidad anual por méritos docentes, valorados por la universidad de acuerdo con las mismas normas que sean de aplicación al componente por méritos docentes del complemento específico correspondiente a las retribuciones del profesorado universitario funcionario de nivel 26 de complemento de destino, atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre Retribuciones del Profesorado Universitario, o norma que lo sustituya.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2016/12/29/13#art-73